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  • España y Portugal mantendrán el Acuerdo bilateral de pesca para garantizar la estabilidad de las flotas de ambos países

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    -Este Acuerdo se encuadra en los mecanismos previstos por el Reglamento base de la actual Política Pesquera Común, en vigor hasta el final de 2020

    -En ambos países se inician ahora los correspondientes trámites administrativos internos necesarios para su ratificación formal 21 de diciembre de 2017.

    España y Portugal han alcanzado un principio de acuerdo para renovar el Acuerdo Bilateral que regula el acceso de las flotas de los dos Estados en las aguas continentales y en las de vecindad de las desembocaduras del río Miño y del río Guadiana. Este acuerdo permitirá, como ha venido haciendo estos años, una mejor gestión de los recursos pesqueros ibéricos y dará estabilidad a la actividad pesquera.

    La presencia pesquera de las flotas españolas y portuguesas en aguas del país vecino lleva siendo regulada por acuerdos bilaterales desde el año 1986, lo que muestra la estable relación que en esta materia se ha mantenido. En este sentido cabe destacar  que los citados acuerdos han funcionado correctamente siendo muy beneficiosos para el sector pesquero tanto de España como de Portugal.

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    Este acuerdo bilateral se encuadra en los mecanismos previstos por el Reglamento base de la actual Política Pesquera Común en vigor hasta el final de 2020, constituyendo un compromiso de regulación de acceso a las aguas de los dos países, tanto por dentro como por fuera de las 12 millas de la Zona Económica Exclusiva de cada país.

    Este pacto hará posible mantener el equilibrio de las operaciones pesqueras en un nivel sostenible, al tiempo que garantizará la estabilidad de las flotas. En ambos países inician ahora los correspondientes trámites administrativos internos necesarios para su ratificación formal.

     
     
    Fuente: MAPAMA / Delegación del Gobierno en Andalucía.
    Imagen: José Carlos Sánchez Rodríguez (Infonuba)

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