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  • Los trabajadores agrarios por cuenta ajena en situación de inactividad pueden diferir el ingreso de sus cuotas

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    -Las cotizaciones de enero a abril podrán ingresarse entre junio y septiembre, cuando ya esté aprobada la bonificación en sus cuotas acordada por el Gobierno central

    -Las solicitudes deberán presentarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 12 de febrero de 2019

    Los trabajadores del Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios que se encuentran en situación de inactividad pueden diferir el ingreso de sus cuotas de los meses de enero a abril de 2019, ambos incluidos, como se desprende de la Resolución de 23 de enero de 2019 publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado. El único requisito es que hayan realizado un máximo de 50 jornadas reales en 2018.

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    Este colectivo puede diferir el plazo reglamentario de ingreso de las cuotas por inactividad de los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2019, que deberán ingresarse mensualmente desde el mes de junio a septiembre de 2019, sin recargo o interés alguno. Las solicitudes deberán presentarse ante la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 12 de febrero de 2019.

    El objetivo de la medida es paliar las dificultades que puedan surgir a estos trabajadores en situación de inactividad al haberse incrementado las bases mínimas de cotización en el mismo porcentaje que el Salario Mínimo Interprofesional, como se indica en el Real Decreto 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Esta resolución facilita que los trabajadores agrarios por cuenta ajena en inactividad puedan ingresar sus cotizaciones si es efectiva la bonificación acordada por el Gobierno central e incluida en Real Decreto que se encuentra actualmente en proceso de tramitación.

     
     
     
     
    Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
    Imagen: José Carlos Sánchez Rodríguez (Infonuba)

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