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  • FACUA aconseja a los premiados en el sorteo de la Lotería que denuncien ofertas de compra por sus décimos

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    Imagen de décimos de loteria.

    – La asociación recuerda que este tipo de operaciones suponen un fraude a la Hacienda Pública, además de una trampa que puede provocar la pérdida de más de la mitad del importe ganado, recalcando que el objetivo de los compradores es el blanqueo.

    FACUA-Consumidores en Acción aconseja a los premiados en el sorteo de la Lotería de Navidad de este pasado jueves 22 de diciembre que denuncien cualquier oferta que reciban para vender sus décimos con el pretexto de que se ahorrarán el pago de los impuestos correspondientes, o bien con el de la entrega de cantidades superiores por parte de los posibles compradores.

    La asociación recomienda a todas aquellas personas agraciadas que reciban proposiciones de compra por sus billetes, que den parte a la Policía Nacional o la Guardia Civil. FACUA insiste en que ese tipo de prácticas suponen, además de un fraude a la Hacienda Pública, una trampa que puede provocar la pérdida de más de la mitad del importe ganado en el sorteo.

    En este sentido, la asociación recuerda que el blanqueo de dinero negro es el objetivo de todas aquellas personas que ofertan por décimos premiados. Además, supone una infracción tributaria para el agraciado. En caso de inspección resultará muy difícil acreditar el origen de los fondos, pudiendo acarrear un acta que ocasionará una importante sanción.

    La multa a la que se enfrentará la persona que comercialice con su billete premiado puede llegar a superar en más de la mitad el importe ganado. Por contra, el comprador del billete sí podrá acreditar el carácter lícito del dinero mediante el boleto.

    Plazos para el cobro de premios

    FACUA también advierte de otras irregularidades que pueden darse ante el principal sorteo de la Lotería Nacional en cuanto a participación y a demanda de décimos. Entre ellas, la de dar sólo quince o treinta días para cobrar las participaciones, la de que los responsables indiquen ahora que el número impreso era erróneo, o bien que han vendido más de las que correspondían a un décimo.

    En cuanto a la primera, la asociación recuerda que las participaciones de la Lotería de Navidad no pueden establecer para el cobro de los premios un plazo inferior a los tres meses fijados en la normativa. La Instrucción General de Loterías, en su artículo 22, así lo contempla: «el derecho al cobro de premios caduca a los tres meses, contados desde el día siguiente al del sorteo a que correspondan».

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    FACUA advierte de que la venta de participaciones de lotería vendidas por colectivos como asociaciones, empresas o peñas está sujeta a esta normativa, por lo que sea cual sea el plazo indicado en ellas, los emisores de las participaciones no pueden negarse a abonar los premios con el argumento de que se indicaba que el plazo era inferior a lo que en realidad marca la Instrucción General de Loterías.

    En el otro de los posibles fraudes, el de una venta excesiva de participaciones, la asociación indica que los particulares o empresas que de forma fraudulenta hayan dispensado más de las correspondientes a un único décimo, están por ley obligados a abonar la totalidad del posible premio a cada uno de los participantes.

    Participaciones mal impresas

    En caso de que la entidad que haya vendido las participaciones cometiese un error al imprimirlas incluyendo un número erróneo, los consumidores pueden exigirles que asuman el pago de los premios, salvo que con suficiente antelación al sorteo se hayan desarrollado medidas suficientes para aclarar el fallo, advierte FACUA.

    La asociación indica que se trata de un conflicto que puede ser denunciado para que los tribunales de justicia aclaren si hay que abonar o no los premios de participaciones con errores.

    Fuente: FACUA Consumidores en Acción.

    Imagen: José Carlos Sánchez Rodríguez (Infonuba).

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