fbpx
Infonuba

  • Leaderboard Ad


  • Leaderboard Ad
     

     

  • FACUA considera ridícula la cuantía de las multas a las tabacaleras por anunciarse en máquinas expendedoras

    Leaderboard Ad
     
     

    Imagen de una máquina de tabaco.

    El Comisionado para el Mercado de Tabacos sanciona con 300.000 euros a cuatro grandes fabricantes. Pagaron a estancos y tiendas minoristas para dar prioridad a sus marcas en las máquinas.

    La organización FACUA-Consumidores en Acción considera ridícula la cuantía de las sanciones impuesta a cuatro grandes tabacaleras, Altadis, Phillip Morris, British American Tobacco (BAT) y Japan Tobacco International (JTI), por parte del Comisionado para el Mercado de Tabacos (CMT) tras haber detectado que se han publicitado de manera irregular en máquinas expendedoras de cigarrillos.

    La asociación entiende que las multas, 300.000 euros a cada empresa, no guardan proporción con la gravedad de las irregularidades cometidas por los grandes fabricantes. Ante esto, FACUA reclama al Gobierno que modifique la Ley de Ordenación del Mercado de Tabacos para aumentar el marco sancionador. En el caso de las impuestas por el CMT, se trata del máximo establecido en dicha norma. La asociación también pide que la ley contemple la obligación de dar difusión pública a las sanciones, ya que no hay motivos para que se mantengan en secreto, como viene ocurriendo habitualmente.

    Técnicos del Comisionado para el Mercado de Tabacos, dependiente del Ministerio de Hacienda, detectaron hace meses, según informa el El País, que las grandes tabacaleras habían pagado por promocionar y priorizar sus marcas en las máquinas expendedoras de estancos y demás minoristas del sector, los cuales están sujetos a una «obligada neutralidad”, según dicta textualmente la ley.

    La normativa del sector penaliza «el ofrecimiento por los fabricantes (…) a los expendedores o a los puntos de venta con recargo de un margen directo o indirecto distinto al fijado legalmente», tal y como marca el artículo 52 de la Ley 13/1998, referente a la Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria. De esa forma, las grandes tabacaleras conseguían que sus productos tuvieran mayor visibilidad, por encima de la que les correspondería en función de su cuota de mercado, que es el criterio legal que la limita.

    Expediente sancionador

    Leaderboard Ad
    KEMTECNIA

    Así, tras abrir el CMT expediente sancionador a los grandes fabricantes, sus técnicos constataron el fraude. Para hechos como éste, regulado como «muy grave», las multas previstas oscilan entre los 120.202,42 y los 300.506,05 de euros. En este caso, el Comisionado ha estipulado la cantidad máxima para una multa que los grandes fabricantes han pagado voluntariamente, mostrando así su conformidad.

    Ello viene a constatar, según FACUA, que la cuantía de la sanción impuesta no se corresponde con la gravedad de las irregularidades detectadas por parte del CMT. Urge por tanto, a juicio de la asociación, que el Gobierno revise la cuantía de las sanciones y las aumente para este tipo de fraudes, calificados como «muy graves», a fin de aumentar su poder disuasorio y de evitar que se sigan consumando en el futuro irregularidades semejantes.

    Fuente : FACUA Consumidores en Acción.

    Imagen: José Carlos Sánchez Rodríguez (Infonuba)

    Leaderboard Ad

  • Leaderboard Ad

  • Back to top