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  • OCU denuncia trabas de las distribuidoras y de la propia Administración en el autoconsumo fotovoltaico

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    Se calcula que un 19% de la energía que producen las instalaciones de autoconsumo se está perdiendo por los retrasos en su legalización, lo que equivale al 0,4% del conjunto de la demanda eléctrica nacional.

    OCU exige a las administraciones y las distribuidoras de electricidad la agilización de los trámites legales, tal y como establece la Directiva europea de energías renovables.

    Aunque la potencia generada por las instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo en España se multiplicó por dos en 2022, hasta alcanzar los 5.249 MW, sigue habiendo importantes trabas a su puesta en marcha, denuncia la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). Empezando por los retrasos en su legalización, que no hacen sino lastrar la amortización de las instalaciones y desincentivar la inversión. Un problema que, según la Alianza por el Autoconsumo, de la que OCU forma parte, genera un desperdicio del 19% del potencial de generación de las instalaciones; lo que equivale al 0,4% del conjunto de la demanda eléctrica nacional.

    El primer responsable de estos retrasos son las propias administraciones. Y es que si bien el Decreto de Ahorro energético aprobado por el Gobierno hace poco más de un año agilizó ciertos trámites, sigue siendo insuficiente, no siendo raro encontrar tasas municipales o requisitos técnicos desproporcionados, como los costosos procedimientos de obra industrial. Las consejerías de las comunidades autónomas, por su parte, tampoco parecen muy rápidas a la hora agilizar las autorizaciones, en contra de lo que establece la Directiva Europea de energías renovables y en la que se basa el Decreto.

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    Otro punto crítico del proceso son las malas prácticas de las distribuidoras de electricidad. Unas veces dificultando la formalización de los contratos individuales, abriendo varios expedientes para un mismo caso, lo que dilata la activación del autoconsumo. Otras veces, prohibiendo que un consumidor esté asociado a más de un autoconsumo, cuando la regulación sí lo permite. U obligando al titular a modificar las instalaciones de enlace o en la red, unos cambios que en realidad debería realizar la distribuidora y cuyos costes doblan el presupuesto de la instalación de manera abusiva.

    En definitiva, OCU insta a terminar con el ingente despilfarro energético y trabas burocráticas que suponen el retraso de la conexión de la instalación a la red eléctrica. Para ello exige a las administraciones implicadas a acordar un procedimiento común y sencillo, así como a disponer del personal necesario para agilizar los trámites. Las distribuidoras, por su parte, deben cesar automáticamente las prácticas ilegales y asumir los cambios técnicos que les corresponde según la ley; en caso contrario, deberán ser sancionadas como procede y de forma ejemplar por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). 

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